Cuando una persona fallece dejando propiedades en distintos países, el proceso de herencia puede volverse especialmente complejo. ¿Qué ocurre si un ciudadano italiano fallece en España, pero tiene cuentas bancarias en Roma, un apartamento en Madrid y terrenos heredados en Sicilia? ¿Se tramita todo en un único país o hay que iniciar procedimientos en cada uno de ellos? ¿Qué ley regula la distribución de los bienes? ¿Dónde deben actuar los herederos?
Estas dudas son cada vez más comunes en contextos familiares con vínculos transnacionales. La realidad es que muchas personas residen en un país distinto al de su nacionalidad, mientras mantienen vínculos económicos y personales en su país de origen. Este tipo de situaciones plantean desafíos importantes, especialmente cuando no se ha planificado adecuadamente la sucesión.
En este artículo vamos a explicarte con todo detalle qué ocurre cuando hay bienes situados en varios países, cómo se determina qué ley es la aplicable, qué autoridad tiene competencia para tramitar la herencia, y qué herramientas jurídicas están disponibles para facilitar el proceso.
¿Qué se entiende por sucesión internacional?
Una sucesión adquiere carácter internacional cuando concurren elementos que vinculan la herencia con más de un país. Esto ocurre cuando el fallecido tenía bienes en varios países, residía en un país distinto al de su nacionalidad o cuando los herederos tienen su domicilio en jurisdicciones diferentes.
Por ejemplo, el fallecido residía en España pero tenía cuentas o propiedades en Italia, o al revés. También puede haber una sucesión internacional si el fallecido era italiano y sus herederos residen en diferentes países, o si dejó bienes en países donde no tenía su residencia habitual.
¿Qué ley se aplica en una sucesión internacional dentro de la UE?
Cuando una herencia implica varios países europeos, como ocurre a menudo entre Italia y España, resulta fundamental saber qué ley rige la sucesión: si la del país de nacionalidad, la del país de residencia o la del lugar donde están los bienes. Para resolver esta cuestión, desde el 17 de agosto de 2015, se aplica en la Unión Europea el Reglamento (UE) 650/2012, norma que armoniza las reglas aplicables a las sucesiones internacionales dentro de la Unión Europea.
¿Qué establece este reglamento?
El artículo 21 del Reglamento dispone que, como regla general, la ley aplicable a la sucesión será la del país en el que el causante tuviera su residencia habitual en el momento del fallecimiento.
Por ejemplo, si un ciudadano italiano residía en Valencia desde hacía años y fallece con bienes en Italia y España, la ley aplicable a toda la sucesión será la ley española, salvo que se haya hecho una elección válida de ley.
¿Se puede elegir la ley aplicable?
Sí. Una de las principales novedades del Reglamento (UE) 650/2012 es que permite a toda persona prever qué ley quiere que rija su sucesión, siempre que sea la ley de su nacionalidad en el momento de hacer la elección o en el momento de su fallecimiento (artículo 22 del Reglamento).
Esto significa que un ciudadano extranjero que resida en España puede decidir que su sucesión se rija por la ley de su nacionalidad, aunque lleve años viviendo en territorio español. Esta elección debe hacerse de forma expresa y constar en un testamento o documento equivalente con validez legal.
Por ejemplo, Mario, ciudadano italiano, vive en Alicante desde hace más de 10 años, pero quiere que su herencia se distribuya conforme al Derecho sucesorio italiano. En su testamento, declara expresamente que elige la ley italiana como aplicable a su sucesión. Esta elección será válida y deberá respetarse, incluso si sus bienes se encuentran en España, Italia o ambos países.
¿Qué ocurre si no se ha hecho elección de ley?
Si no se ha elegido ley, se aplica la del lugar de residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento. Pero, si de las circunstancias del caso se desprende que el causante tenía un vínculo más estrecho con otro país, podría aplicarse la ley de ese otro país (artículo 21.2 del Reglamento).
Siguiendo con el ejemplo anterior, si Mario vivió en España solo los últimos meses de su vida, pero mantenía su centro de vida en Italia, sus vínculos personales, su familia y sus bienes principales en su país de origen, cabría plantear que la ley aplicable fuera la italiana, aunque hubiera fallecido en España.
¿Qué pasa con los bienes situados en distintos países?
Una vez determinada la ley aplicable a la sucesión, esa ley rige toda la herencia: quiénes son los herederos, cómo se reparten los bienes, si existe o no legítima, y cuál es el procedimiento de aceptación o renuncia, etc. Esto incluye los bienes ubicados en otros países, incluso aunque cada país tenga su propia normativa sobre propiedades o registros.
Por ejemplo, si se aplica la ley española a la sucesión, esta se aplicará tanto al piso en Barcelona como a la cuenta bancaria en Milán.
Ahora bien: cada país seguirá aplicando sus propias normas registrales para la inscripción de bienes. Por tanto, aunque se aplique una sola ley sustantiva, habrá que cumplir con los requisitos formales de cada país para registrar, por ejemplo, un inmueble en el catastro o registro local.
Es decir, la ley aplicable a la sucesión es una, pero cada país puede tener formalidades distintas para registrar la transmisión de los bienes. Por eso es esencial contar con asesoramiento jurídico en ambos países implicados.
El Certificado Sucesorio Europeo (CSE): una herramienta fundamental
Uno de los instrumentos más útiles para gestionar herencias internacionales es el Certificado Sucesorio Europeo, previsto en los artículos 62 a 73 del Reglamento 650/2012.
Este certificado permite acreditar ante las autoridades de otros Estados miembros:
- Quiénes son los herederos o legatarios.
- Qué derechos tienen en la sucesión.
- Quién está autorizado para administrar la herencia.
El CSE no sustituye a los documentos nacionales, pero evita tener que legalizar, traducir o duplicar procedimientos en cada país. Es especialmente útil cuando hay que inscribir bienes o ejecutar actos sucesorios fuera del país donde se tramita la herencia.
Por ejemplo, una heredera italiana quiere inscribir un inmueble en España a su nombre. Si ya dispone del CSE expedido por la autoridad competente italiana, podrá utilizarlo directamente para acreditar sus derechos en España sin necesidad de iniciar un nuevo procedimiento o presentar múltiples documentos traducidos y legalizados.
El CSE no sustituye a los certificados nacionales, pero facilita enormemente los trámites entre países de la UE, evitando legalizaciones y traducciones complicadas. Puede solicitarse ante notario o autoridad competente del país donde se tramite la sucesión.
¿Qué ocurre con los impuestos en una sucesión internacional?
El Reglamento 650/2012 no regula aspectos fiscales. Esto significa que cada país aplicará sus propias normas fiscales sobre herencias.
En España, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se gestiona por cada comunidad autónoma, por lo que las condiciones varían notablemente según el lugar en que estén situados los bienes. Para más información sobre el Impuesto sobre Sucesiones, te recomendamos leer nuestro artículo “Imposta di successione: Quanto si paga per ereditare in Spagna?”
Además, es posible que los distintos países quieran gravar la herencia. En estos casos, se deben aplicar los convenios para evitar la doble imposición o las deducciones que prevé la normativa nacional. Por tanto, la planificación fiscal de una sucesión internacional debe abordarse con un asesoramiento especializado.
Consejos prácticos para ciudadanos italianos con vínculos en España
Si eres ciudadano italiano y tienes bienes en España (o vives en España y conservas bienes en Italia), hay algunas recomendaciones clave que pueden ayudarte a evitar conflictos o complicaciones en el futuro:
- Haz testamento en España, con asesoramiento jurídico, e incluye expresamente qué ley deseas que se aplique a tu sucesión. Puedes optar por la ley italiana o, si lo prefieres, por la española.
- Mantén un inventario actualizado de tus bienes en ambos países. Esto facilita mucho la tramitación posterior para tus herederos.
- Informa a tus herederos de tu voluntad y deja la documentación organizada. Muchos problemas sucesorios se deben a la falta de previsión.
- Consulta con un abogado especializado en sucesiones internacionales que pueda ayudarte a planificar tanto los aspectos legales como los fiscales.
- Valora el uso del Certificado Sucesorio Europeo si eres heredero o necesitas acreditar tus derechos en otro Estado miembro.
En conclusión, las sucesiones internacionales presentan desafíos legales que requieren una planificación adecuada y un conocimiento profundo de la normativa europea y nacional. El Reglamento (UE) 650/2012 ha supuesto un gran avance, al establecer una ley sucesoria unificada y al permitir el uso del Certificado Sucesorio Europeo. Sin embargo, la realidad práctica sigue siendo compleja, especialmente cuando hay bienes en varios países, con normativas registrales y fiscales distintas.
Por eso, te recomendamos que no dejes estos asuntos al azar. Una correcta planificación sucesoria, con testamento y asesoramiento adecuado, puede marcar la diferencia entre una sucesión fluida y un proceso lleno de obstáculos legales.

